Dt 3 Función pública de La Rioja -Derogada-
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»D.T. 3ª. Integración de Funcionarios Procedentes de otras Administraciones Públicas
Vigente
Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que, a través de los procedimientos de concurso y libre designación, pasen a desempeñar puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se integre en ella, les será de aplicación la legislación de función pública vigente en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Esta integración excluye la de los Cuerpos y Escalas propios de esta Administración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-1990 en vigor desde 05-08-1990