Dt 3 Espacios Naturales Protegidos
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.
Vigente
La elaboración y aprobación de los planes rectores de uso y gestión de los espacios naturales protegidos, declarados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se realizará dentro del plazo máximo de cuatro años, a partir de dicha fecha.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-01-1995 en vigor desde 29-01-1995