Dt 3 Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
Dt 3 Derecho de las mujer...a machista

Dt 3 Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 3ª. Aplicación del Fondo de garantía de pensiones y prestaciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Mientras no se apruebe el desarrollo reglamentario de la presente ley, el Gobierno de la Generalidad, durante el año 2008, debe efectuar la diagnosis y la valoración de las necesidades, los recursos y los servicios necesarios para aplicar el Fondo de garantía de pensiones y prestaciones, establecido por el artículo 49. La dotación del Fondo debe llevarse a cabo de conformidad con lo que dispongan las respectivas leyes de presupuestos de la Generalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-05-2008 en vigor desde 09-05-2008