Dt 3 Consejo Económico y Social de Canarias
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»D.T. 3ª.
Vigente
El Consejero de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias oportunas para la adaptación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias de 1992 a la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-05-1992 en vigor desde 02-05-1992