Dt 3 Carta Municipal de Barcelona
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA
Vigente
En el supuesto de que la legislación electoral regule la elección directa de la persona titular de la Sindicatura de Greuges de Barcelona, la propuesta que el alcalde o alcaldesa debe formular al Plenario del Consejo Municipal en virtud del artículo 143.4 debe recaer necesariamente en la persona que haya sido elegida según los resultados del correspondiente escrutinio.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 3ª (Se añade)) por LEY 18/2014, de 23 de diciembre, modificación de la Carta municipal de Barcelona.
(DOGC de 30-12-2014) en vigor desde 01-01-2015 - Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 01-01-2015