Dt 3 Carreteras de Canarias

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D.T. 3ª.

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En tanto no dé fin el proceso de transferencias en materia de carreteras regulado por la Ley 14/1990 de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, la red de carreteras regionales estará formada por todas aquellas carreteras cuya titularidad corresponde a la Comunidad Autónoma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-05-1991 en vigor desde 04-06-1991