Dt 3 Auditoría de Cuentas
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»D.T. 3ª. Ejercicio económico de aplicación de las previsiones contenidas en la disposición adicional décima.
Las obligaciones reguladas en la disposición adicional décima de esta Ley solo serán exigibles en relación a las actividades desarrolladas en los ejercicios económicos que empiecen a partir del 1 de enero de 2016.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-07-2015 en vigor desde 17-06-2016