Dt 3 Auditoría de Cuentas

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D.T. 3ª. Ejercicio económico de aplicación de las previsiones contenidas en la disposición adicional décima.

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Las obligaciones reguladas en la disposición adicional décima de esta Ley solo serán exigibles en relación a las actividades desarrolladas en los ejercicios económicos que empiecen a partir del 1 de enero de 2016.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-07-2015 en vigor desde 17-06-2016