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Dt 3 Acogimiento familiar en C. Valenciana

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D.T. 3ª. Registro de Familias Acogedoras y vigencia de la aptitud

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La aplicación informática que dé soporte al Registro de Familias Acogedoras de la Comunitat Valenciana se adaptará, en un plazo máximo de 6 meses, para dar cumplimiento a lo previsto en este Decreto en cuanto a la inscripción de las diferentes modalidades de familias acogedoras aptas y de los ofrecimientos para formalizar acogimientos familiares con la finalidad de gestionar de manera óptima y eficaz la bolsa de familias que se ofrecen o son declaradas aptas para el acogimiento familiar.

El cómputo del plazo de vigencia de la declaración de aptitud previsto en el artículo 33 para personas y familias declaradas aptas a la fecha de entrada en vigor de este decreto se iniciará al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-03-2021 en vigor desde 09-03-2021