Dt 29 Impuesto sobre Sociedades
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»D.T. 29ª.- Régimen de tributación de las participaciones con un valor de adquisición superior a 20 millones de euros.
Vigente
(NOTA: Disposición con efectos para periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021)
Las participaciones adquiridas en los períodos impositivos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2021, que tuvieran un valor de adquisición superior a 20 millones de euros sin alcanzar el porcentaje establecido en el primer párrafo del artículo 35.1.a) o en el artículo 57.1.a), aplicarán el régimen fiscal establecido en los artículos 35 o 57, según proceda, siempre que cumplan el resto de los requisitos previstos en ellos durante los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 29ª (se añade)) por LEY FORAL 21/2020, de 29 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias y de modificación del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
(BON de 31-12-2020) en vigor desde 01-01-2021 - Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2021