Dt 27 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-
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»D.T. 27ª.- Renuncia al régimen de estimación directa especial para el año 2021.
Vigente
Los sujetos pasivos que desarrollan actividades empresariales y quieran renunciar para 2021 a la aplicación del régimen de estimación directa especial, podrán presentar la renuncia hasta el 31 de marzo de 2021. La mencionada renuncia tendrá los efectos señalados en el artículo 36.B).5.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 27ª (se añade)) por LEY FORAL 21/2020, de 29 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias y de modificación del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
(BON de 31-12-2020) en vigor desde 01-01-2021 - Modificación realizada (D.T. 27ª (se deroga)) por LEY FORAL 7/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).
(BON de 09-04-2020) en vigor desde 01-04-2020 - Modificación realizada (D.T. 27ª (se deroga)) por DECRETO-LEY FORAL 2/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).
(BON de 26-03-2020) en vigor desde 01-04-2020 - Modificación realizada (D.T. 27ª ) por LEY FORAL 29/2019, de 23 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(BON de 31-12-2019) en vigor desde 01-01-2020 - Artículo modificado por LEY FORAL 28/2018, de 26 de diciembre, sobre el derecho subjetivo a la vivienda en Navarra.
(BON de 31-12-2018) en vigor desde 01-01-2019