Dt 2 TR de la Ley de finanzas públicas

Dt 2 TR. de la Ley de finanzas públicas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 2ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las transferencias de caudales afectados a servicios traspasados por la Administración del Estado podrán ser objeto de redistribución en los términos de los artículos 42 y 43 de esta Ley. De esta redistribución, se dará cuenta al Parlamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003