Dt 2 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos
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»D.T. 2ª.- Régimen transitorio de la bonificación en adquisiciones ínter vivos.
Vigente
El porcentaje de la bonificación prevista en el artículo 132-6 del presente Texto Refundido, aplicable al período comprendido entre 1 de enero de 2012 y 31 de diciembre de 2013, será del 20 por 100.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-10-2005 en vigor desde 29-10-2005