Dt 2 Subvenciones de Aragón -Derogada-
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D.T. 2ª.- Adaptación de las bases reguladoras.

Vigente

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Las bases reguladoras de subvenciones que estuvieran publicadas antes de la entrada en vigor de esta ley deberán adaptarse a lo previsto en la misma en el plazo de seis meses a contar desde el día de su entrada en vigor

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-05-2015