Dt 2 Servicios sociales de Navarra

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D.T. 2ª. Autorizaciones administrativas existentes.

Vigente

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Las autorizaciones administrativas concedidas con arreglo a la normativa anterior continuarán vigentes. No obstante, en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley Foral las entidades deberán adaptarse a los nuevos requisitos que se establezcan al amparo de esta norma, perdiendo en caso contrario la autorización otorgada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2006 en vigor desde 20-03-2007