Dt 2 Servicios Sociales de Euskadi
Dt 2 Servicios Sociales de Euskadi

Dt 2 Servicios Sociales de Euskadi

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 2ª. Plazo para la distribución competencial.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las administraciones públicas vascas procederán, en un plazo de un año a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley, a hacer efectiva la distribución competencial prevista en ella.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2008 en vigor desde 25-12-2008