Dt 2 residuos y suelos co...a circular

Dt 2 residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular

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D.T. 2ª. Compensación a las administraciones públicas valencianas hacia una economía circular

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1. Los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de residuos de envases ligeros y de vidrio y los sistemas integrados de gestión de todo tipo de residuos, como los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE, que operen en la Comunitat Valenciana, y siempre que la transposición de la Directiva europea 852/2018, de 30 de mayo, al ordenamiento jurídico español así lo recoja, deben compensar a las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana por la totalidad de los costes económicos eficientes de recogida selectiva en origen de residuos de envases ligeros y de envases de vidrio, de acuerdo con la normativa básica en la materia. Sin embargo, estos sistemas pueden establecer sistemas de compensación complementarios adicionales equivalentes o planes autonómicos complementarios de compensación.

2. A partir del momento en que sea exigible en el ordenamiento jurídico español el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Directiva 852/2018, de 30 de mayo, los convenios firmados entre la administración autonómica, los entes locales y los operadores de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor deben detallar, de forma clara y concisa, la totalidad de los referidos costes, que los debe asumir íntegramente el productor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2022 en vigor desde 21-12-2022