Dt 2 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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D.T. 2ª. Formación de los médicos

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Los médicos que efectúen sus funciones en los festejos de bous al carrer deberán poseer conocimientos debidamente acreditados por su Colegio Profesional en soporte vital avanzado y en materia de asistencia médica a heridos en festejos taurinos.

Esta disposición será exigible a partir del plazo de un año desde la entrada en vigor de este decreto para la acreditación en soporte vital avanzado, y de tres años desde dicha entrada en vigor para la formación en materia de asistencia médica a heridos en festejos taurinos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015