Dt 2 Régimen de secciones de crédito de cooperativas
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»D.T. 2ª. Requerimientos emitidos en virtud del Decreto ley 2/2016
Vigente
En el caso de los requerimientos emitidos en virtud del Decreto ley 2/2016, de 17 de mayo, el plazo al que se refiere el artículo 25.3 es de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-06-2017 en vigor desde 09-06-2017