Dt 2 Régimen específico d...sasunbidea

Dt 2 Régimen específico del personal adscrito al Osasunbidea

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D.T. 2ª.

Vigente

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Los funcionarios sanitarios titulares municipales que tengan plaza en propiedad en la fecha de entrada en vigor de esta Ley Foral, podrán optar por ser transferidos a la Administración de la Comunidad Foral como funcionarios de la misma al servicio de la sanidad local, presentando escrito en tal sentido ante el Registro General de la Administración de la Comunidad Foral, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de esta Ley Foral en el «Boletín Oficial de Navarra».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-10-1992 en vigor desde 31-10-1992