Dt 2 Protección general d...y usuarias

Dt 2 Protección general de las personas consumidoras y usuarias

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.

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El Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios será el órgano representativo de las organizaciones de consumidores mientras no se desarrolle reglamentariamente el artículo 54.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-2012 en vigor desde 01-05-2012