Dt 2 Presupuestos 2011 Galicia

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D.T. 2ª.-Puertos de Galicia. Reducción de la cuantía de la tarifa X-5.

Vigente

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En las instalaciones deportivas construidas por Puertos de Galicia y gestionadas por particulares mediante la correspondiente concesión o autorización administrativa que a la entrada en vigor de la presente ley incluyesen en los pliegos de condiciones la reducción de la cuantía de la tarifa X-5 de hasta el 15% por subrogarse en las obligaciones de pago de los sujetos pasivos que utilicen las instalaciones, se mantendrá esta reducción en tanto esté vigente ese título administrativo. En caso de modificación o prórroga del mismo, se aplicará lo dispuesto en la regla decimosegunda de la tarifa X-5, contemplada en el subapartado 01 del apartado 99 del anexo 3 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2010 en vigor desde 01-01-2011