Dt 2 politica industrial

Dt 2 politica industrial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 2ª. Disolución e integración del Copca en la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña (Copca), de acuerdo con la disposición derogatoria, se disuelve de conformidad con lo establecido en sus estatutos y se integra en la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana. La Agencia se subroga en la titularidad de los bienes, derechos y obligaciones del Copca tanto en Cataluña como en el exterior, que incluyen las oficinas exteriores, con independencia del régimen jurídico por el que se vinculan al Copca. El Copca mantiene la estructura, composición y funciones propias en los términos y condiciones establecidos por el apartado 2 de la disposición derogatoria.

2. El personal laboral que en el momento de la constitución de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana preste servicios en el Copca se integra en la Agencia por el mecanismo de sucesión de empresa. La Agencia se subroga en los derechos y obligaciones laborales en los términos que establece el artículo 44 del Estatuto de los trabajadores. Este personal sigue ejerciendo sus funciones mientras no se desarrolle la estructura orgánica de la Agencia y no se definan y adapten los puestos de trabajo correspondientes a esta estructura.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009