Dt 2 Ordenación Sanitaria de Madrid
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»D.T. 2ª. Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid.
Vigente
Hasta tanto se constituya el Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid previsto en la presente Ley, continuará ejerciendo sus funciones el actual Consejo Asesor de Salud previsto en la Ley 9/1984, de 30 de mayo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 26-12-2001