Dt 2 Normas básicas sobre órganos rectores de las Cajas de Ahorro
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»D.T. 2ª.
Vigente
La constitución de la Asamblea General elegida según las normas contenidas en esta Ley se realizará dentro de los cuatro meses siguientes al de la aprobación de los Estatutos y Reglamentos de las Cajas de Ahorros y designará en la forma establecida a los Vocales del Consejo de Administración y a los miembros de la Comisión de Control.
Constituidos los nuevos órganos de gobierno de las Cajas Confederadas, la Confederación constituirá los suyos dentro del plazo de dos meses.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-08-1985 en vigor desde 10-08-1985