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Dt 2 Modificación de la Ley 2/2002 -Gestión de Emergencias-

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D.T. 2ª. Equiparación de las categorías actuales de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.

Vigente

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A los efectos previstos en la disposición transitoria anterior, las categorías actuales del personal funcionario de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en Andalucía se equiparan a las establecidas en la presente Ley, según la siguiente correspondencia:

a) La categoría de oficial (Subgrupo A1) se corresponde con la categoría de intendente.

b) La categoría de oficial (Subgrupo A2) se corresponde con la categoría de oficial.

c) La categoría de suboficial (Subgrupos A2 o C1) se corresponde con la categoría de inspector o inspectora.

d) La categoría de sargento (Subgrupos A2 o C1) se corresponde con la categoría de subinspector o subinspectora.

e) La categoría de cabo (Subgrupos C1 o C2) se corresponde con la categoría de jefe o jefa de dotación.

f) La categoría de bombero o bombera (Subgrupos C1 o C2) se corresponde con la categoría de bombero o bombera.