Dt 2 Medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica
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»D.T. 2ª. Régimen transitorio del procedimiento electrónico de legalización de los libros de las fundaciones.
Vigente
1. El procedimiento electrónico de legalización de los libros de las fundaciones será exigible a los libros correspondientes al ejercicio 2021 y siguientes.
2. Las solicitudes de legalización de los libros correspondientes a los ejercicios de 2020 y anteriores que se presenten a partir de la entrada en vigor de este decreto-ley podrán presentarse tanto en papel como electrónicamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2021 en vigor desde 18-12-2021