Dt 2 Medidas fiscales y administrativas 2019 de Galicia
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 2ª. Aplicación del régimen de vigencia de la declaración de impacto ambiental
Vigente
El régimen de vigencia de la declaración de impacto ambiental contenido en el nuevo artículo 9 bis de la Ley 1/1995, de 2 de enero, será de aplicación a las declaraciones de impacto ambiental de competencia autonómica que se publiquen en el Diario Oficial de Galicia con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, así como a aquellas publicadas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, cuyos efectos no hubieran cesado antes de la entrada en vigor de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2019 en vigor desde 01-01-2020