Dt 2 Juventud de C Valenciana -Derogada-

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D.T. 2ª. Cambio de denominación del Institut Valencià de la Joventut

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1. A partir de la entrada en vigor de la presente ley, el Institut Valencià de la Joventut, creado por la Ley 4/1989, de 26 de junio, pasará a denominarse «Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove», conservando su naturaleza como entidad autónoma de carácter mercantil, así como sus medios personales, materiales y recursos económicos.

En tanto no se realicen las adaptaciones materiales para implementar la modificación del nombre previsto en el artículo 5 de la presente ley, continuará utilizándose la denominación de Institut Valenciá de la Joventut.

2. Todas las referencias al Institut Valencia de la Joventut existentes en disposiciones normativas, convenios y contratos actualmente en vigor se entenderán hechas a Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove.