D.T. 2ª. Régimen transitorio de la exención del artículo 14.1.g).
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Vigente
La exención a la que se refiere la letra g) del apartado 1 del artículo 14 será de aplicación durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 a las participaciones adquiridas antes del 1 de enero de 2021 cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros sin que sea necesario que la participación, directa o indirecta, alcance el 5 por 100 en el capital y siempre que se cumplan los restantes requisitos establecidos en dicho artículo 14.1.g).
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 2ª (se añade)) por Norma Foral 3/2021, de 15 de abril, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021.
(BOG de 21-04-2021) en vigor desde 01-01-2021 - Texto Original. Publicado el 12-12-2014 en vigor desde 01-01-2021