Dt 2 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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»D.T. 2ª. Regulación reglamentaria de transitoriedad en relación con el distintivo empresarial en materia de igualdad.
Reglamentariamente, se determinarán, a los efectos de obtener el distintivo empresarial en materia de igualdad regulado en el capítulo IV del título IV de esta Ley, las condiciones de convalidación de las calificaciones atribuidas a las empresas conforme a la normativa anterior.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-03-2007 en vigor desde 24-03-2007