Dt 2 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Madrid
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
Vigente
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior sin que les sea de aplicación la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-07-1997 en vigor desde 24-04-1998