Dt 2 Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
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»D.T. 2ª. Actualización de la Red de Atención y Recuperación integral.
Vigente
El Gobierno de la Generalidad puede actualizar la Red de Atención y Recuperación Integral para las mujeres que sufren violencia machista, con una frecuencia bienal, los primeros seis años después de la aprobación de esta ley, con la finalidad de adecuarla con la rapidez y flexibilidad máximas a las necesidades de la población de Cataluña, de acuerdo con lo que establezcan las correspondientes leyes de presupuestos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-05-2008 en vigor desde 09-05-2008