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D.T. 2ª. Registro Oficial de Licitadores de Extremadura.

Vigente

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Las inscripciones voluntarias realizadas en el Registro Oficial de Licitadores de Extremadura permanecerán vigentes hasta la integración de oficio de todos los operadores económicos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE).

Mediante decreto, y a propuesta de la consejería competente en materia de hacienda, se regulará el procedimiento para su tramitación, y el alcance de sus inscripciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019