Dt 2 Consejo consultivo de Extremadura -Derogada-
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura creará dos puestos de Letrados del Consejo Consultivo hasta tanto se apruebe la relación de puestos de trabajo de éste. La provisión de estos dos puestos se efectuará por la Consejería de Presidencia mediante el sistema de concurso entre funcionarios titulados superiores de la Junta de Extremadura pertenecientes a las especialidades de Letrado y Jurídica y Letrados de la Asamblea de Extremadura. Los seleccionados ocuparán estos puestos con carácter provisional, por un período máximo de dos años, hasta que los mismos sean cubiertos definitivamente de acuerdo con los sistemas de provisión del artículo 24, sin que ello pueda ser considerado como mérito en las bases de los futuros sistemas de provisión.
- Texto Original. Publicado el 03-01-2002 en vigor desde 04-01-2002