Dt 2 Carreteras -Derogada-

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D.T. 2ª.

Vigente

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En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley deberá ser retirada cualquier clase de publicidad visible desde la zona de dominio público de la carretera.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-1988 en vigor desde 19-08-1988