Dt 2 Aspectos para la implementación de códigos de red de conexión de instalaciones eléctricas
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»D.T. 2ª. Adecuación de sistemas y procesos al procedimiento de notificación operacional.
Vigente
Los gestores de red dispondrán de un plazo máximo de tres meses, desde la entrada en vigor de este real decreto, para adecuar sus sistemas y procesos al procedimiento de notificación operacional previsto en este real decreto. Los desarrollos que se lleven a cabo con este fin incluirán, en todo caso, la elaboración de los formularios a los que se hace referencia en los anexos I, II, III y IV.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-07-2020 en vigor desde 09-07-2020