Dt 2 Ampliación de medida... la sequía

Dt 2 Ampliación de medidas para paliar los efectos de la sequía

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D.T. 2ª. Exención temporal de la tasa por servicios de diagnóstico, análisis y dictámenes prestados por los laboratorios agroganaderos, agroalimentarios y de control de calidad de los recursos pesqueros.

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Con efectos desde el día de la entrada en vigor del presente Decreto-ley y hasta el día 31 de diciembre de 2022, se establece una exención del pago de las cuotas correspondientes a la tasa por servicios de diagnóstico, análisis y dictámenes prestados por los laboratorios agroganaderos, en aplicación de los programas nacionales o autonómicos de control, vigilancia o erradicación de enfermedades animales, para las personas que, a la fecha del devengo de la tasa, sean propietarias o titulares de explotaciones ganaderas que pertenezcan a una asociación de defensa sanitaria ganadera.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-04-2022 en vigor desde 05-04-2022