Dt 2 Abastecimiento y san...o de aguas

Dt 2 Abastecimiento y saneamiento de aguas

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D.T. 2ª.

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El tipo de gravamen aplicable para la exacción del canon de saneamiento en el presente ejercicio será el siguiente:

Usos domésticos, 30 pesetas/metro cúbico, consumido o equivalente estimado.

Usos industriales, 36 pesetas/metro cúbico, consumido y equivalente estimado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-02-1994 en vigor desde 17-03-1994