Dt 19 Sector de hidrocarburos
Dt 19 Sector de hidrocarburos

Dt 19 Sector de hidrocarburos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 19ª. Existencias mínimas de seguridad de gas natural.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Hasta el 1 de enero de 2012, las existencias mínimas de seguridad a que se refiere el artículo 98 de la presente Ley, podrán incluir reservas de carácter operativo. Reglamentariamente, se establecerá la parte de las existencias mínimas de seguridad que podrá tener carácter operativo y la forma en que éstas podrán computarse.