Dt 16 Sector eléctrico

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D.T. 16ª. Financiación del extracoste de generación en los territorios insulares y extrapeninsulares.

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Los extracostes derivados de las actividades de producción de energía eléctrica en el año 2013 cuando se desarrollen en territorios insulares y extrapeninsulares de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico, serán financiados con cargo al sistema de liquidaciones del sector eléctrico considerándose a estos efectos como coste del sistema eléctrico del ejercicio 2013.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 28-12-2013