Dt 15 TR de la ley general de la seguridad social
Dt 15 TR de la ley genera...dad social

Dt 15 TR. de la ley general de la seguridad social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 15ª. Tope máximo de cotización.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


De conformidad con las previsiones del aparta do 1 del artículo 110 de esta Ley, los importes de las bases máximas de cotización por contingencias comunes, aplicables a las distintas categorías profesionales, deberán coincidir con la cuantía del tope máximo de la base de cotización previsto en el citado apartado. A tal efecto, continuando el proceso iniciado en el ejercicio 1997, se procederá a la aproximación de las cuantías de las bases máximas de cotización de los grupos 5 al 11, ambos inclusive, en los términos que establezca la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio económico, de modo que en el año 2002 se alcance la equiparación de los importes de las bases máximas de cotización de los indicados grupos, con la cuantía del tope máximo.

Modificaciones