Dt 15 Ordenación territor...sostenible

Dt 15 Ordenación territorial y urbanística sostenible

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D.T. 15ª. Procedimiento de tramitación de programas de ejecución.

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Hasta la entrada en vigor del reglamento al que se refiere el artículo 113 de la presente ley, la tramitación para los programas de ejecución a desarrollar en régimen de gestión indirecta, será la siguiente:

a) Aprobación inicial, por el órgano municipal competente

b) Notificación a titulares de derechos afectados por la actuación urbanizadora

c) Información pública por periodo no inferior a 30 días, mediante publicación en sede electrónica y Diario Oficial de Extremadura

d) Aprobación definitiva por el órgano municipal competente y remisión para su inscripción en el Registro Único de Urbanismo.

e) Notificación de la adjudicación mediante suscripción del convenio urbanístico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2018 en vigor desde 27-06-2019