Dt 14 Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad
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»D.T. 14ª. Vigencia transitoria de los calendarios de 2012.
Vigente
Continuarán vigentes, hasta el 31 de diciembre de 2012, los calendarios de domingos y festivos, ya aprobados, en que los comercios podrán permanecer abiertos al público.
Asimismo, los calendarios que regulen el periodo estival de rebajas de 2012 mantendrán su vigencia durante el periodo en ellos establecido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-07-2012 en vigor desde 15-07-2012