Dt 13 Reglamento del Impu...as del THG

Dt 13 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del THG

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D.T. 13ª. Aplicación de determinados saldos pendientes de aplicar a 1 de enero de 2014 procedentes de ejercicios anteriores.

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1. El saldo negativo al que se hace referencia en el artículo 67.c) de la Norma Foral 10/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su redacción aplicable al periodo impositivo 2013, y en la letra b) del mismo artículo 67, en su redacción aplicable a 31 de diciembre de 2012, pendiente de compensación a 1 de enero de 2014, podrá compensarse en el plazo establecido en el artículo 65.c) de la Norma Foral del Impuesto, contado a partir del inicio del periodo impositivo siguiente a aquel en el que se hubiese originado, y en las condiciones previstas en el citado artículo 65.c).

2. Los saldos negativos resultantes de integrar y compensar los rendimientos y las ganancias y pérdidas patrimoniales integrantes de la base imponible del ahorro, previstos en el artículo 68 de la Norma Foral 10/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su redacción aplicable al periodo impositivo 2013, pendientes de compensación a 1 de enero de 2014, podrán compensarse en los plazos establecidos en el artículo 66 de la Norma Foral del Impuesto, contados a partir del inicio del periodo impositivo siguiente a aquel en el que se hubiesen originado, y en las condiciones previstas en el citado artículo 66.

3. Las bases liquidables generales negativas pendientes de compensación a 1 de enero de 2014 podrán compensarse en el plazo establecido en el artículo 68 de la Norma Foral del Impuesto, contado a partir del inicio del periodo impositivo siguiente a aquel en el que se hubiesen originado, con las bases liquidables generales positivas que resulten con arreglo a lo previsto en el artículo 67.2 de la Norma Foral del Impuesto.

San Sebastián, a 14 de octubre de 2014.

EL DIPUTADO GENERAL, Martin Garitano Larrañaga.

LA DIPUTADA FORAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS, Helena Franco Ibarzabal. (9286)

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014