Dt 13 Concierto Económico...País Vasco

Dt 13 Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco

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D.T. 13ª.

Vigente

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El artículo 34 del Concierto Económico en su redacción original aprobada mediante la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco, se mantendrá en vigor a partir de 1 de enero de 2013, en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos respecto de los ejercicios no prescritos.

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