Dt 12 Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario
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»D.T. 12ª.
Vigente
Transcurridos seis años a partir de la respectiva vigencia de los Decretos de Ordenación Rural que hubieran sido promulgados con anterioridad a la publicación de la Ley 54/1968, de 27 de julio, no podrán solicitarse las subvenciones autorizadas por la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-02-1973 en vigor desde 23-02-1973