D.T. 11ª.
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 11ª.
Vigente
Hasta la entrada en vigor del reglamento al que se refiere el artículo 67.2, por el que se regulan los servicios de prevención, extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña, es aplicable la normativa general en materia tributaria.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 11ª. (se añade)) por LEY 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(DOGC de 31-12-2009) en vigor desde 01-01-2010 - Texto Original. Publicado el 18-05-1994 en vigor desde 01-01-2010