Dt 10 TR. de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 10ª. Régimen supletorio.
Vigente
En tanto se desarrollan disposiciones reglamentarias en materia de planeamiento y gestión, serán de aplicación supletoria, en todo lo que no contradiga lo dispuesto en este Texto Refundido, los Reglamentos estatales de Planeamiento y de Gestión Urbanística.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-05-2000 en vigor desde 15-05-2000