Dt 1 Servicio jurídico de la Administración de la Junta
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D.T. 1ª. Caducidad de las habilitaciones.

Vigente

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Las habilitaciones actualmente concedidas a funcionarios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que ejerzan funciones propias de letrado caducarán al año de la entrada en vigor de esta ley, sin perjuicio de su renovación en los términos que se determine reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-10-2013 en vigor desde 14-11-2013