Dt 1 Reglamento de planes... pensiones

Dt 1 Reglamento de planes y fondos de pensiones

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 1ª. Régimen transitorio de integración voluntaria en planes de pensiones de instituciones de previsión existentes a la entrada en vigor de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El régimen de integración voluntaria en planes de pensiones de fondos e instituciones de previsión, contenido en las disposiciones transitorias del Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 1307/1988, de 30 de septiembre, y en las normas de desarrollo y complementarias de dichas disposiciones transitorias, mantendrá su vigencia respecto de las empresas, trabajadores y beneficiarios y planes de reequilibrio, que se acogieron a dichas disposiciones para la integración de los derechos reconocidos en planes de pensiones al amparo de ellas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-02-2004 en vigor desde 26-02-2004